jueves, 15 de enero de 2009

Letra de cambio

La letra de cambio es un efecto comercial, como el cheque y el pagaré. Me centraré en explicar que es una letra de cambio, aprovechando lo explicado en clase.

Una letra de cambio es un instrumento formal de pago por el cual una persona, llamada librador, ordena a otra, librado, pagarle a él mismo, llamado a la propia orden, o a una tercera persona, llamado tomador, o bien el tomador se lo endosa al tenedor, una cantidad en un lugar y fecha determinado.
La letra de cambio es un medio de pago y un instrumento de crédito.

Elementos de la letra de cambio:
- Librador: Gira la letra. Libra la letra.
- Librado: A quien se gira la letra, persona en contra de la que se extiende la letra.
- Tomador: Es el primer poseedor de la letra y es aquel que tiene el poder de cobro de la misma.
- Tenedor: Son los posteriores poseedores de la letra.
- Endoso: Operación por la cual el que tiene la letra otorga el poder de cobro a otra persona bajo la fórmula de “pagarse a la orden de ____”.
- Endosante: Persona que efectúa el endoso.
- Endosatorio: El que recibe el poder de cobro.
- Vencimiento: Fecha en la que se debe pagar la letra, puede ser:
a) a fecha fija.
b) a días fecha. Días contados a partir de la emisión de la letra.
c) a días vista. Días contados a partir de la aceptación.
d) a la vista. Pagadera en el momento de la presentación.




Ejemplo de una letra de cambio.

¿Qué es el valor nominal de una letra?
Es el valor por el que va extendida una letra.

¿Qué es valor líquido?
Cuando la letra es cobrada a través de banco, este cobra comisiones. El valor líquido es igual a la diferencia entre valor nominal y comisiones. VL= VN – comisiones.

¿Qué es la aceptación?
Es el compromiso formal mediante firma que adquiere el librado de pagar la letra en su vencimiento. Los responsables solidarios son todos.

¿Qué es el avalista?
El avalista es la persona que respalda a quien debe pagar la letra, y si no efectúa el pago, la tiene que pagar el avalista.

¿Y qué es un protesto?
Es un acto notarial cuyo fin es acreditar que el poseedor de la letra cumplió con las obligaciones de presentarlas a la aceptación y al cobro.
Se hace por impago de la letra o por no aceptación de la misma.

Y por último, ¿qué es una acción cambiaria?
Es el vehículo procesal para reclamar el cobro por vía judicial en caso de impago de una letra.

Aclarar que mi intención es ayudar y aclarar las dudas que puedan surgir a compañeros de clase, esta información es aplicable a una letra de cambio actual, pero hay diferencias respecto a la letra de cambio originaria de finales del siglo XIII, principios del siglo XIV en el norte de Italia, y que cobró importancia en la Edad Moderna. En esencia funcionaban igual que las actuales, como hemos comentado en clase, por eso espero que sea de utilidad la entrada en el blog. Para concluir, recordar que la letra de cambio fue muy útil en aquella época para poder pagar sin hacer falta el dinero monetario.

1 comentario:

David Alonso dijo...

Estimado Javier:
La entrada es interesante, pero faltaría indicar cuáles han sido tus fuentes de información (además de los contenidos de clase).
Un saludo